La particularidad que debemos mencionar con grave preocupación, reside en que el artículo 8° de la mencionada Ley 1420 garantiza la educación laica, y con la derogación de dicho articulado este principio se eliminaría del ordenamiento jurídico nacional, constituyendo un grave avasallamiento a uno de los principios centrales en materia educativa. Casos como el de Salta, en donde la provincia imparte educación religiosa de forma obligatoria, puede extenderse con esta derogación a todo el país, excepto en aquellos estados subnacionales que cuenten con una expresa legislación que garantice la formación laica.
Como reformistas, bregamos por la libertad en todas sus formas, y comprendemos que el laicismo en la formación de niñas y niños debe ser la regla en todos los casos, puesto que la imposición de una religión determinada avasalla los derechos a la libertad, por ejemplo, de no profesar un culto determinado. Esta situación se encuentra en línea con el artículo segundo de nuestra Constitución, que erróneamente sostiene el culto católico, cuando debiera realizarse una adecuada separación entre el Estado y cualquier culto que guste profesarse.
Denunciamos esta grave situación, y esperamos que se dé marcha atrás con esta medida que corrompe un principio central de la democracia: la libertad.
Una educación laica también es un signo de una formación de calidad.
¡No volvamos cientos de años atrás!
MNR - Mesa Nacional
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